Código Civil del Estado de Aguascalientes
Artículo 2769
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 2769.- La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se
entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la
obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de
preferencia establecido por la ley.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- HIPOTECA CONSTITUIDA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DE UNA OBLIGACION. (s/clave)
- HIPOTECAS, PREFERENCIA DE LAS. (s/clave)
- HIPOTECA (LEGISLACIONES DEL DISTRITO FEDERAL Y MICHOACAN). (s/clave)
- HIPOTECA, EMBARGO SOBRE BIENES SUJETOS A ESE GRAVAMEN. (s/clave)
- DERECHO REAL DE HIPOTECA. (1a. CLX/2016 (10a.))
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