Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 1284
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 1284.- REQUISITOS DE LA OFERTA PARA LA VERIFICACION DE
UN CONTRATO. La oferta libre a persona indeterminada es válida para concertar
cualquier contrato, siempre y cuanto el oferente tenga la capacidad necesaria para
otorgarlo. Dicha oferta sólo engendra obligaciones de hacer, consistentes en
otorgar el contrato propuesto de acuerdo con lo ofrecido. Se aplicará al caso lo
dispuesto por el artículo 1726 de este Ordenamiento.
Cuando la oferta se refiera a la celebración de un contrato, deberán indicarse,
para su validez, la naturaleza del mismo, sus elementos esenciales y todos los
demás requisitos necesarios para su debida caracterización.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONTRATOS. PARA SU PERFECCIONAMIENTO ES NECESARIO QUE EL DESTINATARIO DE LA OFERTA MANIFIESTE SU VOLUNTAD DE ACEPTARLA, SALVO QUE LA LEY QUE LO REGULA PREVEA LA AFIRMATIVA FICTA. (1a. CCXXXII/2013 (10a.))
- CONTRATO, ACCION DE OTORGAMIENTO POR ESCRITO DE. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- CONTRATOS. (s/clave)
- OFERTA DE COMPRAVENTA. LA FORMACIÓN DEL CONSENTIMIENTO ESTÁ SUJETA A ACEPTACIÓN LISA Y LLANA. (I.3o.C.968 C)
Versiones anteriores de este artículo
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Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)
ARTICULO 1284.- REQUISITOS DE LA OFERTA PARA LA VERI FICACION DE
UN CONTRATO. La oferta libre a persona indeterminada es válida para concertar
cualquier contrato, siempre y cuanto el oferente tenga la capacidad necesaria para
otorgarlo. Dicha oferta sólo engendra obligaciones de hacer, consistentes en
otorgar el contrato propuesto de acuerdo con lo ofrecido. Se aplicará al caso lo
dispuesto por el artículo 1726 de este Ordenamiento.
Aprobación 1993/08/27
Promulgación 1993/10/11
Publicación 1993/10/13
Vigencia 1994/01/01
Expidió XLV Legislatura
Periódico Oficial 3661 Sección Segunda “Tierra y Libertad”
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.
Dirección General de Legislación.
Subdirección de Jurismática.
Última Reforma: 31-05-2023
369 de 657
Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Cuando la oferta se refiera a la celebración de un contrato, deberán indicarse,
para su validez, la naturaleza del mismo, sus elementos esenciales y todos los
demás requisitos necesarios para su debida caracterización.
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