Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 21
Vigencia verificada: 11 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 21. - ELEMENTOS ESENCIALES DEL ACTO JURIDICO. Son
elementos de existencia del acto jurídico:
I.- La declaración o manifestación de voluntad con la fi nalidad de producir
consecuencias de derecho;
II.- El objeto de la manifestación o declaración volitiva, o de las consecuencias
que con ella se pretenden, siempre que sean física y jurídicamente posibles; y
III.- La solemnidad en los casos regulados por este Ordenamiento.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- ACCION, ELEMENTOS DE LA. (s/clave)
- ACCION. (s/clave)
- ACTOS JURIDICOS. (s/clave)
- ACCIONES, PROCEDENCIA DE LAS. (s/clave)
- ACCION, FUNDAMENTOS DE LA. (s/clave)
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