Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 26
Vigencia verificada: 5 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 26.- AUSENCIA DE VICIOS EN LA VOLUNTAD. La manifestación de
voluntad en el acto jurídico sólo será válida si se exterioriza de manera libre y
exenta de error, violencia, dolo o mala fe.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- VIOLENCIA. (s/clave)
- ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
- ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS. (s/clave)
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