Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 73
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *73.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DIVORCIO EN MORELOS, LEY DEL. (s/clave)
- DIVORCIO EN EL ESTADO DE MORELOS. (s/clave)
- DOMICILIO DE LA MUJER CASADA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS). (s/clave)
- LEY DE DIVORCIO EN MORELOS. (s/clave)
- DOMICILIO. (s/clave)
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