LEY DE DIVORCIO EN MORELOS.
Si se comprueba que la persona demandada en juicio de divorcio, en el Estado de Morelos, tiene su domicilio fuera de dicha entidad federativa, aun cuando el emplazamiento haya sido hecho por medio de una publicación en el Diario Oficial de dicho Estado, debe considerarse que no ha sido debidamente emplazada y por tanto, que es procedente el amparo contra la sentencia relativa, ya que se le ha privado de defensa por falta de emplazamiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/363903-e811a413/ley-de-divorcio-en-morelos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3485/30. Gómez de Varela María Luisa. 6 de marzo de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- DIVORCIO EN MORELOS, LEY DEL. (s/clave)
- DIVORCIO EN EL ESTADO DE MORELOS. (s/clave)
- DIVORCIO EN MORELOS. (s/clave)
- LEY DE DIVORCIO EN MORELOS. (s/clave)
- LEY DE DIVORCIO EN MORELOS. (s/clave)
- DIVORCIO EN MORELOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis