DIVORCIO EN MORELOS.
Aunque es verdad que no es necesario que tengan domicilio en el Estado de Morelos, las personas que se someten expresa o tácitamente a la jurisdicción de sus tribunales, también lo es que para que puedan éstos resolver válidamente las controversias de que conocen, es preciso que las partes litigantes se sometan legalmente a dichos tribunales, lo que no ocurre en el caso en que el demandado ni siquiera fue citado al juicio respectivo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/355316-b7ee0add/divorcio-en-morelos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil en revisión 3816/39. Tapia de Ortiz María. 30 de octubre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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