Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos
Artículo 776
Vigencia verificada: 24 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
⚠️ Este artículo está derogado o no vigente.
ARTICULO *776.- Derogado
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REGISTRO CIVIL, RECTIFICACION DE ACTAS DEL. CASO EN QUE LA CONCUBINA ESTA LEGITIMADA PARA RECLAMARLA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MORELOS). (s/clave)
- CONCUBINA, LEY APLICABLE PARA DETERMINAR LOS DERECHOS HEREDITARIOS DE LA (LEGISLACION DE SAN LUIS POTOSI). (s/clave)
- CONCUBINATO, DERECHO A HEREDAR POR RELACIÓN DE. SÓLO TIENE LUGAR CUANDO NO HAY CÓNYUGE SUPÉRSTITE. (I.3o.C.246 C )
- CONCUBINATO. REGIMEN LEGAL APLICABLE AL CONCUBINARIO (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUANAJUATO). (s/clave)
- CONCUBINAS, DERECHOS HEREDITARIOS DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis