Código de Ética de las personas servidoras públicas de la Comisión Federal de Electricidad y personas… · Capitulo IX — De las Disposiciones Disciplinarias y Responsabilidad Administrativa
Artículo 36
Artículo 36. La interpretación para efectos administrativos de este Código de Ética, así como la resolución de supuestos no previstos en éste, corresponde a la Comisión de Ética e Integridad Pública, en el entendido que en su interpretación debe privilegiar la mejor realización de los fines y objeto de la Comisión Federal de Electricidad, conforme a su razón de ser, naturaleza jurídica de Empresa Pública del Estado y régimen especial, en congruencia con lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 5 de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad.
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Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. ESTÁ SUJETA A LA LEY FEDERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO, AL SER UN ENTE PÚBLICO FEDERAL. (I.1o.A.165 A (10a.))
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. CONTRA LOS ACTOS QUE REALIZA CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, PROCEDE EL JUICIO DE NULIDAD, SIEMPRE QUE EL C (PC.XII.A. J/6 A (10a.))
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. NO ES AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. (V.1o.33 A)
- COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD. NO ES AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL AMPARO. (s/clave)
- COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD. NO ES AUTORIDAD PARA EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS PREVISTOS EN EL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGÍA. (2a./J. 30/2018 (10a.))
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