Código de Justicia Militar · Libro derogado — DOF 16-05-2016 · Titulo derogado — DOF 16-05-2016 · Capitulo III — , del Título Sexto, del Libro Tercero; se adicionan un tercer y cuarto párrafos al 201 y las fracciones IV y V al 874, del Código de Justicia Militar, para quedar como sigue:
Artículo Transitorio SEGUNDO
Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
SEGUNDO.- Se abroga la Ley de Indulto para los Reos de los Fueros Militar, Federal y del Orden Común del Distrito y Territorios Federales, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 1946.
México, D. F., a 27 de mayo de 1993.- Dip. José de Jesús Berrospe Díaz, Presidente.- Sen. Salvador Sánchez Vázquez, Presidente.- Dip. Graciela Larios Rivas, Secretaria.- Sen. Antonio B. Manríquez Guluarte, Secretario.- Rúbricas".
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del
Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los veintrés días del mes de junio de mil novecientos noventa y tres.- Carlos Salinas de Gortari.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, José Patrocinio González Blanco Garrido.- Rúbrica.
DECRETO que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Justicia Militar.
Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio de 1994
Fuente oficial: consultar publicación
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