Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 319
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 319.
1. El Instituto mediante convenio que celebre con el Instituto Nacional u otra entidad pública federal, estatal o municipal,
podrá asumir las funciones o servicios que, en materia electoral o de participación ciudadana, le sean transferidas o
delegadas conforme a la legislación, según su capacidad administrativa y financiera.
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis