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Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 322

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 322.

1. El Instituto elaborará su propio proyecto de presupuesto de egresos y lo remitirá al Ejecutivo del Estado, a fin de que

éste lo envíe en su oportunidad al Congreso del Estado, para su estudio, discusión y, en su caso, aprobación. El proyecto

de presupuesto de egresos del Instituto no podrá ser modificado por el Poder Ejecutivo del Estado.

2. El proyecto de presupuesto de egresos del Instituto contemplará las partidas presupuestales necesarias para el

cumplimiento de su objeto, considerando que los recursos presupuestarios destinados al financiamiento público de los

partidos políticos no forman parte del patrimonio del Instituto, por lo que éste no podrá alterar el cálculo para su

determinación, ni los montos que del mismo resulten conforme a las reglas aplicables.

Fuente oficial: consultar publicación

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