Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza
Artículo 386
Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 386.
1. Las mesas directivas de casilla se integrarán con un presidente, un secretario, dos escrutadores y tres suplentes generales,
quienes entrarán en función de cualquiera de los otros funcionarios propietarios en los casos previstos por la ley
correspondiente.
Fuente oficial: consultar publicación
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