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Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 386

Ordenamiento: Código Electoral para el Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-08

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 386.

1. Las mesas directivas de casilla se integrarán con un presidente, un secretario, dos escrutadores y tres suplentes generales,

quienes entrarán en función de cualquiera de los otros funcionarios propietarios en los casos previstos por la ley

correspondiente.

Fuente oficial: consultar publicación

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