Código Electoral para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave
Artículo 245
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 245. El Presidente del Consejo General del Instituto Electoral
Veracruzano deberá:
I. Expedir, al concluir la sesión de cómputo estatal y emitida la declaración de
validez de la elección, la constancia de mayoría al ciudadano que hubiere
obtenido la mayoría de votos y la declaratoria de Gobernador Electo;
II. Fijar en el exterior del local del Consejo General del Instituto Electoral
Veracruzano los resultados del cómputo estatal de esta elección; y
III. Remitir al Tribunal Electoral del Estado, cuando se hubiese interpuesto el
medio de impugnación correspondiente, junto con éste, los escritos de protesta
y el informe respectivo, así como copia certificada del acta de cómputo estatal
y de las actas de cómputo distrital que hubiesen sido recurridas, en los términos
previstos en el presente Código.
Sección Cuarta
De los Resultados del Cómputo en la Circunscripción Plurinominal
Fuente oficial: consultar publicación
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Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
Artículo 245. El Presidente del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano deberá:
I. Expedir, al concluir la sesión de cómputo estatal y emitida la declaración de validez de la elección,
la constancia de mayoría al ciudadano que hubiere obtenido la mayoría de votos y la declaratoria de
Gobernador Electo;
II. Fijar en el exterior del local del Consejo General del Instituto Electoral Veracruzano los resultados
del cómputo estatal de esta elección; y
III. Remitir al Tribunal Electoral del Estado, cuando se hubiese interpuesto el medio de impugnación
correspondiente, junto con éste, los escritos de protesta y el informe respectivo, así como copia
certificada del acta de cómputo estatal y de las actas de cómputo distrital que hubiesen si do
recurridas, en los términos previstos en el presente Código.
CÓDIGO ELECTORAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE
H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ
Secretaría General
Coordinación de Investigaciones Legislativas
Última Actualización
20 DE ENERO DE 2025
Sección Cuarta
De los Resultados del Cómputo en la Circunscripción Plurinominal
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