Artículo 106
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 106 .- Por la búsqueda y expedición del informe respecto a la existencia o no del
registro de testamento, que presta el Archivo Judicial, se pagarán por concepto de derechos,
por cada uno $1,030.
Sección Décima Cuarta
Derogada
Fuente oficial: consultar publicación
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