Artículo 255
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 255. - El Ins tituto Hacendario ejecutará el programa y ejercerá el presupuesto que
anualmente apruebe el Consejo Directivo.
Los recursos necesar ios para el funcionamiento del Instituto H acendario, serán aportados en
partes iguales por los municipios y el Gobierno del Estado.
TITULO OCTAVO
DE LA DEUDA PUBLICA
CAPITULO PRIMERO
DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
Fuente oficial: consultar publicación
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis