Artículo 79
Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 79. - Por los servicios prestados por la Secretaría de Edu cación, Ciencia, Tecnología e
Innovación se pagarán derechos conforme a la siguiente:
TARIFA
CONCEPTO
I. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de Autorizació n a
instituciones particulares, para impartir educación bás ica, por plan de
estudios, modalidad y turno, correspondiente a:
A). Preescolar. $10,251
B). Primaria. $10,668
C). Secundaria. $13,127
D). Derogado.
I Bis. Por solicitud, estudio, revi sión y resolución del trámite de Autorización a
instituciones particulares, para impartir educación normal, por plan de
estudios, modalidad y turno.
$20,127
II. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de Reconocimiento de
Validez Oficial de Estudios, a instituciones particulares de educación me dia
superior, por plan de estudios.
$17,066
III. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de Reconocimiento de
Validez Oficial de Estudios a instituciones particulares de educac ión superior,
por plan de estudios o carrera.
$21,335
IV. Por solicitud, estudio, revisión y resolución del trámite de Reconocimiento de
Validez Oficial de Estudios a instituciones particulares, por modalidad y por
turno:
A). Educación Media Superior. $17,065
B). Educación Superior. $21,337
V. Por vigen cia anual de dere chos, por Reconocimiento de Validez Oficial de
Estudios a instituciones particulares de educación media superior:
A). Por plan de estudios. $14,935
B). Por modalidad y turno. $14,935
VI. Por vigencia anual de derechos, por Reconoc imiento de Validez Oficial de
Estudios a instituciones particulares de educación superior:
A). Por plan de estudios o carrera. $18,671
B). Por modalidad y turno. $18,671
VII. Por vigencia anual de derechos, por Autorización a instituciones partic ulares,
para impa rtir educación básica, por plan de estudios, modalidad y turno,
correspondiente a:
A). Preescolar. $10,677
B). Primaria. $11,057
C). Secundaria. $13,013
D). Derogado.
Publicada en el
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VII Bis. Por vigencia anual de derechos, por Autorización a instituciones particulares,
para impartir educación normal, por plan de estudios, modalidad y turno.
$20,843
VIII. Por servicios de evaluación, orientación o asesoría en materia administrativa o
pedagógica, otorgados a instituciones educativas particul ares de tipo bási co,
normal, medio superior y superior, por cada alumno de nuevo ingreso
matriculado en el plantel educativo, por una sola vez, independientemente del
grado o ciclo que curse.
$158
IX. Por cambios diversos:
A). Por cambio de plan de estudio:
1. Educación Media Superior para Profesional Medio. $7,392
2. Educación Superior. $7,392
B). Por cambio de denominación de carrera de educación superior. $2,135
C). Por actualización de contenidos de programas de estudios:
1. Educación Media Superior para Profesional Medio. $2,136
2. Educación Superior. $2,136
D). Por cambio de nombre del plantel, titular de incorporación,
representante legal, apoderado lega l, director escolar, docente de grupo,
domicilio o turno:
1. Educación Básica. $2,136
2. Educación Media Superior. $2,136
3. Educación Superior. $2,136
E). Por cambio de plantilla de personal docente:
1. Educación Media Superior. $2,135
2. Educación Superior. $2,135
No se causarán los derechos a qu e hace referencia el inciso D) de esta
fracción, respecto del cambio de personal, cuando el particular acredite que el
director o docente sustituido goza de incapacidad otorgada por la institución
de seguridad social correspondiente.
X. Por expedición de certificados o de duplicados de certificados de estudios
realizados en escuelas estatales oficiales o particulares incorporadas:
A). Por expedición de certificado:
1. Educación Media Superior. $337
2. Educación Superior. $475
B). Por duplicado de certificado:
1. Educación Básica. $198
2. Educación Media Superior. $337
3. Educación Superior. $475
XI. Por resolución de revalidación de estudios o expedición de duplicados:
A). Por resolución:
1. Educación Básica. $99
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DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
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2. Educación Media Superior. $598
3. Educación Superior. $1,789
B). Por duplicado:
1. Educación Media Superior. $213
2. Educación Superior. $496
C). Por modificación o enmienda:
1. Educación Media Superior. $155
2. Educación Superior. $496
XII. Por resolución de equivalencia de estudios o expedición de duplicado:
A). Por resolución:
1. Educación Media Superior. $592
2. Educación Superior. $1,771
B). Por duplicado:
1. Educación Media Superior. $202
2. Educación Superior. $470
C). Por modificación o enmienda:
1. Educación Media Superior. $155
2. Educación Superior. $496
XIII. Por expedición de cédula de pasante para el ejercicio profesional. $2,133
XIV. Por expedición de duplicado de cédula de pasante para el ejercicio profesional. $1,066
XV. Por inscripción de:
A). Títulos profesionales:
1. Licenciatura o Grado Académico. $1,315
2. Profesional Técnico o Técnico Superior Universitario. $799
B). Certificado, constancia o diplomas de especialidad. $1,315
XVI. Por registro de colegios de profesionistas. $15,138
XVII. Por enmienda al registro de los colegios de profesionistas. $2,136
XVIII. Refrendo de registro de colegios de profesionistas. $2,136
XIX. Autorización temporal para ejercer la actividad de perito. $2,136
XX. Refrendo y expedición de duplicado a la autorización para ejercer la actividad
de perito.
$2,136
XXI. Por expedición de cédula para el ejercicio profesional de tipo:
A). Superior. $1,558
B). Medio Superior. $649
XXII. Por expedición de duplicado de cédula para el ejercicio profesional de tipo:
A). Superior. $779
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B). Medio Superior. $325
XXIII. Por solici tud, estudio, revisión y resolución del trámite de aprobaci ón del
reglamento académico o de titulación, o de la actualización del mismo, a
planteles particulares de tipo superior.
$2,116
XXIV. Por expedición de historiales académicos de estudios realizad os en escuelas
estatales oficiales o particulares incorporadas:
A). Educación Media Superior. $110
B). Educación Superior. $206
XXV. Por autenticación de títulos profesionales, diplomas o grados académicos
electrónicos, para escuelas estatales oficiales o particulares incorporadas de:
A). Licenciatura o posgrado, por cada uno. $130
B). Técnico Superior Universitario o profesional asociado, por cada uno. $65
XXVI. Por autenticación de:
A) Certificado de Educación Media Superior. $122
B) Título de Educación Media Superior. $122
No se causarán los derechos previstos en esta fracción, cuando el servicio sea solicitado
por dependencias relacionadas con la seguridad pública, tratándose de trámites de
control de confianza.
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