Código Fiscal de la Federación · Titulo IV — , · Capitulo II — , · Seccion II — de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se considerarán reducidas en un 50%, salvo que en el precepto en que se establezcan se señale expresamente una multa menor para estos contribuyentes.
Artículo 72
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 72.- Los funcionarios y empleados públicos que, en ejercicio de sus funciones conozcan de hechos u omisiones que entrañen o puedan entrañar infracción a las disposiciones fiscales, lo comunicarán a la autoridad fiscal competente para no incurrir en responsabilidad, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de tales hechos u omisiones.
Tratándose de funcionarios y empleados fiscales, la comunicación a que se refiere el párrafo anterior la harán en los plazos y forma establecidos en los procedimientos a que estén sujetas sus actuaciones.
Se libera de la obligación establecida en este Artículo a los siguientes funcionarios y empleados públicos:
I. Aquellos que de conformidad con otras leyes tengan obligaciones de guardar reserva acerca de los datos o información que conozcan con motivo de sus funciones.
II. Los que participen en las tareas de asistencia al contribuyente previstas por las disposiciones fiscales.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LEYES FISCALES. OBLIGACIÓN DE LOS TITULARES DE LOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES, DE COMUNICAR A LA AUTORIDAD FISCAL COMPETENTE, LOS HECHOS U OMISIONES DE LOS QUE TENGAN CONOCIMIENTO EN (I.3o.C.115 K)
- DECLARACIONES INFORMATIVAS DE PARTES RELACIONADAS. LAS AUTORIDADES FISCALES Y SU PERSONAL DEBEN MANTENER EN RESGUARDO Y CONFIDENCIALIDAD LA INFORMACIÓN PROPORCIONADA EN TÉRMINOS DE (2a./J. 51/2017 (10a.))
- DERECHOS DEL CONTRIBUYENTE. LA OMISIÓN DE INFORMAR EL DERECHO PARA CORREGIR SU SITUACIÓN FISCAL, PREVISTO EN EL ARTÍCULO 2o., FRACCIÓN XIII, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, NO INVALIDA (XVI.1o.A.T.29 A)
- RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL. NO CORRESPONDE CONOCER AL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DEPARTAMENT (s/clave)
- EMPLEADOS Y FUNCIONARIOS DE LA FEDERACION, RESPONSABILIDADES PECUNIARIAS DE LOS. (s/clave)
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