Código Hacendario Municipal para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Artículo 78
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 78.- Corresponde a las autoridades fiscales declarar que una acción o una
omisión constituye una infracción a las disposiciones fiscales.
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-28)
Artículo 78.-Corresponde a las autoridades fiscales declarar que una acción o una omisión
constituye una infracción a las disposiciones fiscales.
CODIGO HACENDARIO MUNICIPAL PARA EL ESTADO DE VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE.
H. CONGRESO DEL ESTADO DE VERACRUZ
Secretaría General
Coordinación de Investigaciones Legislativas
Última Actualización publicada en G.O.E
10 DE MARZO DE 2021
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