Código Militar de Procedimientos Penales
Artículo 337
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 337. Excepciones
El acusado podrá oponer como excepciones las siguientes:
I. Incompetencia; Litispendencia; Cosa juzgada; Falta de algún requisito de procedibilidad; o Extinción de la pretensión punitiva.
II. Las excepciones podrán ser planteadas y discutidas en la audiencia de juicio oral.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- EXCEPCIONES, EXAMEN DE LAS. (s/clave)
- INCOMPETENCIA, EXCEPCION DE. (s/clave)
- EXCEPCIONES, PROCEDENCIA DE LAS. (s/clave)
- EXCEPCIONES. (s/clave)
- EXCEPCIONES, SUSPENSION CONTRA EL DESECHAMIENTO DE LAS. (s/clave)
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