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Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 270

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 16 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 270.

Se impondrá prisión de seis meses a cuatro años y de cincuenta a quinientos días multa, al servidor público que:

I. Disponga o distraiga de su objeto, dinero, valores, inmuebles o cualquier otra cosa, si los hubiere

recibido por razón de su cargo; o

II. Indebidamente utilice fondos públicos, con el objeto de promover la imagen política o social de su

persona, de su superior jerárquico o de un tercero, o a fin de denigrar a cualquier persona.

Cuando el monto o valor exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, se

impondrán prisión de cuatro a doce años y de quinientos a dos mil días multa.

[Artículo reformado en el segundo párrafo mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado

en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]

CAPÍTULO XII

CONCUSIÓN

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-29)

artículo 270, fracción II; concusión, de acuerdo con el artículo 271, fracción II; homicidio calificado; tortura, y

enriquecimiento ilícito, de acuerdo con el numeral 272; así como aquellos previstos en los artículos 171, 172,

H. Congreso del Estado

Secretaría de Asuntos Legislativos y Jurídicos

Biblioteca Legislativa “Carlos Montemayor Aceves”

Código Penal del Estado de Chihuahua

Última Reforma POE 2025.11.29/No. 96

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173, 174, 175, 178, 179 Bis y 184 de este Código, cometidos en contra de personas menores de edad o de las

que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, son imprescriptibles.

[Artículo reformado en su segundo párrafo mediante Decreto No. LXVII/RFCOD/0550/2023 II P.O.

publicado en el P.O.E. No. 50 del 24 de junio de 2023]

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