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Código Penal del Estado de Chihuahua

Artículo 327 Bis

Ordenamiento: Código Penal del Estado de Chihuahua · Ámbito: Chihuahua
Última reforma: 2026-08-29

Vigencia verificada: 3 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 327 Bis. A quien sin la debida autorización o excediendo la que tenga y con ánimo de lucro, en beneficio

propio o de un tercero, acceda, copie, modifique, destruya, deteriore, intercepte, interfiera, o use, información

contenida en equipos informáticos o de comunicación, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y de

cien a cuatrocientos días multa.

Fuente oficial: consultar publicación

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