Código Penal del Estado de México
Artículo 83 bis
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Artículo 83 bis. El beneficio de la libertad condicionada al sistema de localización y rastreo
podrá ser otorgado, siempre y cuando se cubran los siguientes requisitos:
I. Que sea delincuente primario;
II. Tratándose del delito de robo con violencia solo cuando el monto de lo robado sea de hasta
noventa veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente y no se hayan
causado lesiones de las comprendidas en la fracción III del artículo 237 o del 238, de este
Código;
III. Que la pena privativa de libertad sea desde tres años hasta quince años;
IV. Que sea solicitado dentro de los dos años antes de tener derecho a la libertad condicional;
V. Que pague la reparación del daño y la multa impuesta;
VI. Que el Patronato de Ayuda para la Prevención y Readaptación Social o alguna persona con
reconocida solvencia moral y arraigo, se obligue a supervisar y cuidar que el beneficiado
cumpla con las condiciones impuestas al momento de su liberación, la cual deberá residir en la
misma localidad a la que se integrará el beneficiado;
VII. Que compruebe contar en el exterior con un ofrecimiento de trabajo, un oficio, arte o
profesión que le permita tener ingresos, o exhiba las constancias que acrediten que continuará
estudiando;
VIII. Que cuente con apoyo familiar o de la sociedad civil que garantice su vinculación a las
condiciones que le fueron fijadas para el otorgamiento del beneficio;
IX. Que no se encuentre sujeto a ningún proceso pendiente por causa distinta ni tener sentencia
ejecutoriada que cumplir en reclusión del fuero común o federal, sea cual fuere el delito;
X. Que se cuente con los elementos técnicos necesarios para el funcionamiento del sistema de
posicionamiento global en el domicilio laboral y de reinserción;
XI. Que se comprometa a no abandonar el perímetro permitido por el juez y a no comunicarse con
la víctima u ofendido, familiares ni testigos que depusieron en su contra, sin autorización
judicial;
XII. Que cuente con domicilio laboral y de reinserción, que garantice la finalidad de la
reinserción social, a juicio del Juez de Ejecución.
A quien se le revoque este beneficio, no volverá a gozar del mismo por cualquier delito.
El beneficio de libertad condicionada al sistema de localización y rastreo es un medio de
ejecutar la sanción penal hasta en tanto se alcance la prelibertad, o libertad condicional.
Tratándose delitos cometidos con violencia de género no se aplicará este beneficio.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- LIBERTAD PREPARATORIA. LA VALORACIÓN DE LA AUTORIDAD JUDICIAL DE LOS HECHOS QUE ACREDITARON EL DELITO, LA RESPONSABILIDAD DEL SENTENCIADO Y SU GRADO DE CULPABILIDAD, PARA LA CONCES (I.9o.P.99 P (10a.))
- CONDENA CONDICIONAL, BUENA CONDUCTA PARA LA. PROCESOS PREVIOS. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- LIBERTAD PREPARATORIA. (s/clave)
- CONDENA CONDICIONAL IMPROCEDENTE.- (746)
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