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Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango

Artículo 363

Ordenamiento: Código Penal del Estado Libre y Soberano de Durango · Ámbito: Durango
Última reforma: 2026-11-03

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 363. Son delitos de los servidores públicos cometidos contra la adecuada impartición de

justicia adecuado desarrollo de la justicia:

I. Conocer de los negocios para los cuales tengan impedimento legal o abstenerse de conocer de los

que le correspondan, sin tener impedimento legal para ello, si obra dolosamente;

II. Litigar por sí o por interpósita persona, cuando la ley les prohíba el ejercicio de su profesión;

III. Dirigir o aconsejar a las personas que ante ellos litiguen;

IV. Retardar o entorpecer indebidamente la Administración de Justicia;

CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO

VIGENTE A PARTIR DE LAS 00:00 HRS. DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2009

FECHA DE ÚLTIMA REFORMA:

DEC. 364 P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DEL 2025.

154

V. Impida u obstaculice a cualquier persona mediante actos u omisiones, la presentación de peticiones,

escritos o promociones;

VI. Omitir, acordar o no resolver dentro de los términos legales sin causa justificada, los asuntos de su

conocimiento, aun cuando sea con el pretexto de silencio, oscuridad de la ley o cualquier otro;

VII. Sacar, en los casos en que la ley no lo autorice expresamente, los expedientes de la respectiva

oficina y tratar fuera de ella los asuntos que tramiten;

VIII. Adquiera a su favor algún bien objeto de remate en cuyo juicio hubiere intervenido;

La misma sanción se impondrá a quien, como intermediario de un servidor público, adquiera algún bien

objeto del remate en cuyo juicio haya intervenido aquel.

IX. Di ctar un decreto, auto o resolución, con violación de algún precepto imperativo de la ley o

manifiestamente contrario a las constancias de autos o cuando se obre indebidamente y no por simple

error de opinión;

X. Ejecutar actos o incurrir en omisiones que produzcan un daño o concedan a alguien una ventaja

indebida;

XI. Admitir recursos notoriamente improcedentes, conceder términos o prórrogas indebidos;

XII. Dar por probado un hecho que legalmente no lo esté en los autos o tener como no aprobado uno

que, conforme a la ley, deba reputarse debidamente justificado;

XIII. Desempeñar algún otro empleo oficial o un puesto o cargo particular que la ley les prohíba;

XIV. Ordenar o practicar cateos o visitas domiciliarias fuera de los casos autorizados por la ley;

XV. Admitir o nombrar un depositario o entregar a éste los bienes secuestrados, sin el cumplimiento de

los requisitos legales correspondientes;

XVI. Nombre síndico o interventor en un concurso o quiebra, a una persona que sea deudor, pariente

o que haya sido abogado del fallido o a persona que tenga con el funcionario relación de parentesco,

estrecha amistad o esté ligada con él por negocios de interés común; y,

XVII. Al que en los actos propios de su cargo, atribuyere a una persona un nombre a sabiendas que no

le pertenece y con perjuicio de alguien.

Se impondrá de tres meses a tres años de prisión y multa de dieciocho a doscientas dieciséis veces la

Unidad de Medida y Actualización, destitución e inhabilitación de tres meses a tres años para

desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, a los imputados de los delitos previstos en las

fracciones I a la VII de este artículo.

CÓDIGO PENAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO

VIGENTE A PARTIR DE LAS 00:00 HRS. DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DE 2009

FECHA DE ÚLTIMA REFORMA:

DEC. 364 P.O. 103 BIS DEL 25 DE DICIEMBRE DEL 2025.

155

Se impondrá de seis meses a seis años de prisión y multa de treinta y seis a cuatrocientas treinta y dos

veces la Unidad de Medida y Actualización, destitución e inhabilitación de seis meses a seis años para

desempeñar empleo, cargo o comisión públicos, a los imputados de los delitos previstos en las

fracciones VIII a la XVII de este artículo.

ARTICULO REFORMADO POR DEC. 59, P.O. 19 DE 5 DE MARZO DE 2017

Fuente oficial: consultar publicación

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