Código Penal para el Estado de Aguascalientes
Artículo 123
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 123.- (DEROGADO,
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO,
Fuente oficial: consultar publicación
Versiones anteriores de este artículo
Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.
Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)
ARTÍCULO 123.- (DEROGADO, P.O. 2 DE FEBRERO DE 2015)
(REFORMADO [N. DE E. ESTE PÁRRAFO], P.O. 11 DE JUNIO DE 2018)
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