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Código Penal para el Estado de Aguascalientes

Artículo 139

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-21

Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO 139. - Amenazas. Las Amenazas consisten en la advertencia que se

hace a otro con causarle un mal en su persona, bienes, honor o derechos, o en la

persona o derechos de alguien con quien esté ligado por algún vínculo, se le

impondrá de 6 meses a 2 a ños de prisión y de 90 a 180 días de multa y a la

reparación total de los daños y perjuicios ocasionados.

Se debe entender como ligados por algún vínculo con la persona:

I. A los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines;

II. El cónyuge, la concubina, el concubinario, pareja permanente, parientes

colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el

segundo; y

III. Los que estén ligados con las personas por amor, respeto, gratitud o estrecha

amistad.

(REFORMADO,

Si la amenaza fuera dirigida a una persona integrante de un Órgano jurisdiccional,

asesor jurídico, defensor, Ministerio Público, ofendido, víctima o testigo,

intervinientes en un procedimiento penal, con el propósito de que no concurran a

las audiencias o de incidir en ellos evitando que se conduzcan con verdad, u oculten

hechos, circunstancias o cualquier otra información que sea relevante para la

solución de la controversia motivo del procedimiento en el que intervienen, se

impondrán de tres a siete años de prisión, de 200 a 400 días multa y a la reparación

total de los daños y perjuicios ocasionados.

(ADICIONADO,

Cuando la amenaza sea realizada por algún estudiante de alguna institución

educativa pública o privada, o por sus ascendientes o descendientes

consanguíneos o quien ejerza la patria potestad o tutela, y la víctima sea personal

docente, directivo o administrativo de la misma institución, con el propósito

de intimidarlo o coaccionarlo en el ejercicio de sus funciones o como represalia

por las mismas, se impondrán de uno a tres años de prisión, de 100 a 200 días

multa y a la reparación total de los daños y prejuicios ocasionados.

(DEROGADO ÚLTIMO PÁRRAFO,

(ADICIONADO,

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

ARTÍCULO 139. - Amenazas. Las Amenazas consisten en la advertencia que se

hace a otro con causarle un mal en su persona, bienes, honor o derechos, o en la

persona o derechos de alguien con quien esté ligado por algún vínculo, se le

impondrá de 6 meses a 2 añ os de prisión y de 90 a 180 días de multa y a la

reparación total de los daños y perjuicios ocasionados.

Se debe entender como ligados por algún vínculo con la persona:

I. A los ascendientes y descendientes consanguíneos o afines;

CODIGO PENAL PARA EL ESTADO DE AGUASCALIENTES.

Última actualización: 15/12/2025.

II. El cónyuge, la con cubina, el concubinario, pareja permanente, parientes

colaterales por consanguinidad hasta el cuarto grado y por afinidad hasta el

segundo; y

III. Los que estén ligados con las personas por amor, respeto, gratitud o estrecha

amistad.

(REFORMADO, P.O. 15 DE ENERO DE 2024)

Si la amenaza fuera dirigida a una persona integrante de un Órgano jurisdiccional,

asesor jurídico, defensor, Ministerio Público, ofendido, víctima o testigo,

intervinientes en un procedimiento penal, con el propósito de que no concurran a

las audiencias o de incidir en ellos evitando que se conduzcan con verdad, u oculten

hechos, circunstancias o cualquier otra información que sea relevante para la

solución de la controversia motivo del procedimiento en el que intervienen, se

impondrán de tres a siete años de prisión, de 200 a 400 días multa y a la reparación

total de los daños y perjuicios ocasionados.

(DEROGADO ÚLTIMO PÁRRAFO, P.O. 15 DE ENERO DE 2024)

(ADICIONADO, P.O. 3 DE JULIO DE 2023)

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