Código Penal para el Estado de Chiapas
Artículo 105
Vigencia verificada: 16 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
El beneficio de la libertad preparatoria al sentenciado, se concederá en la
forma y términos que establece la ley respectiva.
CAPÍTULO III
CONDENA CONDICIONAL
Artículo 106. -
Fuente oficial: consultar publicación
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