Código Penal para el Estado de Morelos
Artículo 168
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO *168.- Derogado.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Único del Decreto No. 1152 publicado en el POEM
No. 4665 de fecha 2008/12/11.
REFORMA SIN VIGENCIA. - Adicionado el párrafo segundo por artículo Tercero del Decreto No.
354 publicado en el
2007/06/29.
*CAPÍTULO III
DEROGADO.
NOTAS:
REFORMA VIGENTE.- Derogado el Capítulo III por Artículo Único del Decreto No. 1152 publicado en
el POEM No. 4665 de fecha 2008/12/11.
OBSERVACIÓN GENERAL.- Fe de erratas publicada en el
4678 de fecha 2009/01/28
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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