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Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Morelos

Artículo 202 TER

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-02

Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTÍCULO *202 TER. - Se equipara al delito de violencia familiar y se le

impondrán las mismas sanciones a que se refiere el artículo precedente, a quien

realice los actos señalados en el artículo anterior, en contra de una persona que

esté bajo su guardia, protección, cuidado o educación o instrucción con motivo del

desempeño de su trabajo, siempre y cuando habiten la misma casa.

NOTA:

REFORMA VIGENTE. - Se adiciona el presente artículo por Decreto número 250 publicado en el

POEM 4335 de fecha 2004/06/29.

Fuente oficial: consultar publicación

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