Código Penal para el Estado de Sinaloa
Artículo 223
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Al que transporte ganado sin haber tomado las medidas necesarias
para cerciorarse de su procedencia legítima, se le impondrá prisión de seis meses a
tres años y de diez a sesenta días multa.
ARTÍCULO 224.
Fuente oficial: consultar publicación
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