Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 295

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Además de las penas por los delitos a que alude este Título, se

impondrá a los responsables, según las circunstancias, alguna de las sanciones

previstas por el artículo 69.

Tratándose de extranjeros, se aumentarán hasta la mitad de las penas previstas para

cada delito.

A los mexicanos que cometan alguno de los delitos previstos en el artículo anterior, se

le privará de sus derechos políticos o se les suspenderá en el ejercicio de éstos hasta

por ocho años, contados a partir de que se extinga la pena de prisión o la potestad de

ejecutarla.

TÍTULO SEGUNDO

DELITOS CONTRA EL SERVICIO PÚBLICO

COMETIDOS POR LOS SERVIDORES PÚBLICOS

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 296.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 294Índice de la leyArt. 296 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.