Código Penal para el Estado de Sinaloa
Artículo 329
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTÍCULO 329 . Derogado. (Por Decreto No. 260 publicado en el P.O. No. 089 de
fecha 22 de julio de 2019).
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVISION (s/clave)
- INCIDENTES. (s/clave)
- MULTA. (s/clave)
- APERCIBIMIENTOS. ACTOS NO CONSENTIDOS. (s/clave)
- REVISION. (s/clave)
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