Corpus
Modo: Corpus Pro

Código Penal para el Estado de Sinaloa

Artículo 365

Ordenamiento: Código Penal para el Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-07

Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

AI que sin contar con las autorizaciones respectivas o violando las

normas de seguridad y operación aplicables, realice, autorice u ordene la realización de

actividades que conforme a ese mismo ordenamiento se consideren como riesgosas,

que no sean competencia d e la Federación, y que ocasionen daños a la salud de las

personas, la flora, la fauna o los ecosistemas, se aplicará pena de seis meses a seis

años de prisión y multa por el equivalente de doscientos a diez mil veces el valor diario

de la Unidad de Medida y Actualización.

Cuando las actividades consideradas como riesgosas a que se refiere el párrafo

anterior, se lleven a cabo en un centro de población, las penas se aumentarán hasta en

una tercera parte más.

(Adic. Según Decreto 470, de fecha 02 de julio d e 2020 y publicado en el 20).

ARTÍCULO 366.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 364 Bis AÍndice de la leyArt. 366 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis
© 2026 Corpus Iuris · Información de carácter referencial. El texto de las tesis es información pública de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Compilación, búsqueda semántica y tesis relacionadas: © Corpus Iuris. Este contenido no constituye asesoría legal.

Información referencial — la responsabilidad de validar las citas es del usuario.