Código Penal para el Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio CUARTO
Vigencia verificada: 31 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Todos los hechos ocurridos, procesos instruidos y sentencias pronunciadas
conforme al Código que se abroga, se regirán por la ley más favorable al inculpado,
procesado o sentenciado.
QUINTO.
Fuente oficial: consultar publicación
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