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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo 1o

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 1o.- El Estado de Aguascalientes es parte integrante de los Estados Unidos

Mexicanos; en consecuencia, acatará las disposiciones del Pacto Federal, siendo

autónomo en su régimen interno.

(REFORMADO,

En el Estado de Aguascalientes se fomentará el patrimonio cultural, la historia y la

identidad local, reconociendo la composición pluricultural de sus personas, el valor

de sus fiestas, tradiciones y conocimientos que identifican a los grupos, pueblos y

comunidades que integran su territorio, como un pilar fundamental de la convivencia

social basada en las libertades de los seres humanos. Podrá contar con himno,

escudo y bandera como símbolos de identidad cultural local, mismos que deberán

respetar y no contravenir los símbolos nacionales. Las leyes secundarias regularán

lo correspondiente a sus características y usos.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO,

Fuente oficial: consultar publicación

Índice de la leyArt. 2o →
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