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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

Artículo 51 F

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Aguascalientes · Ámbito: Aguascalientes
Última reforma: 2026-09-07

Vigencia verificada: 5 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 51 F.- Se establecerá una ley estatal de mediación, arbitraje y mecanismos

alternativos de solución de controversias, salvo aquellas materias que se

encuentren reservadas a la federación, donde se establezcan los requisitos para

ejercer dicha función, los cuales deberán obedecer los principios establecidos en la

Constitución Política de los Estados Uni dos Mexicanos y las leyes que de ella

emanan.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO,

Fuente oficial: consultar publicación

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