Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza

Artículo 10

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza · Ámbito: Coahuila
Última reforma: 2026-09-01

Vigencia verificada: 18 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 10. Son coahuilenses:

(REFORMADA,

I. Las personas nacidos en el territorio del Estado.

II. Los hijos de coahuilenses sea cual fuere el lugar de su nacimiento.

(REFORMADA,

III. Los mexicanos por nacimiento o por naturalización, que teniendo tres años de vecindad continua en el Estado, ejerzan algún

arte, oficio, industria, trabajo, profesión o modo honesto de vivir.

(REFORMADA,

IV. Todo aquél que viva o trabaje en Coahuila y que quiere serlo, además de los que obtengan del Congreso del Estado la

calidad de coahuilenses, en los términos de los ordenamientos jurídicos aplicables.

(ADICIONADO,

La solicitud al Congreso del Estado para estos fines, se formulará de conformidad con la Ley de la materia.

(REFORMADO,

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 9Índice de la leyArt. 11 →
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis