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Modo: Corpus Pro

Constitución Política del Estado de Sinaloa

Artículo 1

Ordenamiento: Constitución Política del Estado de Sinaloa · Ámbito: Sinaloa
Última reforma: 2026-10-09

Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Art. 1º El Estado de Sinaloa, como parte integrante de los Estados Unidos Mexicanos, se

constituye en un Estado democrátic o de derecho, cuyo fundamento y objetivo último es la

protección de la dignidad humana y de los derechos humanos. (Ref. según Dec. 903, publicado

en el P.O. No. 111 de fecha 13 de septiembre del 2013).

Fuente oficial: consultar publicación

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Versiones anteriores de este artículo

Histórico legislativo: se muestra para consulta, no forma parte de la búsqueda del texto vigente.

Texto anterior a la reforma (cambio detectado en la fuente oficial el 2026-07-24)

1. A los Diputados de la Legislatura que va a instalarse, les pedirá

en grupo la protesta el Presidente a la Diputación Permanente o

de la Cámara saliente, si está en período extraordinario de

sesiones. En uno y otro caso, el acto se verificará en sesión

pública ordinaria o extraordinaria. A los Diputados que se

presenten después y a los suplentes que entren en ejercicio, el

Presidente de la Cámara o el Presidente de la Diputación

Permanente les tomará la prote sta en la sesión pública que

corresponda. (Ref. Según Decreto No. 391 de fecha 07 de marzo

de 2018, publicado en el Periódico Oficial No. 031 del 09 de

marzo del 2018).

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