Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo 3º El Estado de Sinal
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Art. 3º El Estado de Sinaloa es libre y soberano en su régimen interior, sin más limitaciones
que las expresame nte establecidas por el Pacto Federal. Sus tareas fundamentales son
promover el bienestar individual y colectivo de los sinaloenses, el desarrollo económico
sustentable considerando la mejora regulatoria como una estrategia para alcanzar dicho
propósito, t ambién el procurar la seguridad y la paz social, la participación de todos los
ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social, y la equidad en las relaciones
sociales. (Ref. Según Decreto No. 87, de fecha 7 de marzo del 2017, publicado en el P.O. No.
033 de fecha 13 de marzo de 2017).
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- CONSTITUCION. (s/clave)
- ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE SINALOA. SU SUJECIÓN A LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SINALOA ES INCONSTITUCIONAL. (2a. CXXVII/97)
- ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS DEL ESTADO DE SINALOA. SU SUJECIÓN A LA LEY DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SINALOA ES INCONSTITUCIONAL.- (2001)
- LEYES. (s/clave)
- TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE SINALOA, APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO TRATANDOSE DE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis