Constitución Política del Estado de Sinaloa
Artículo Transitorio 128
Vigencia verificada: 2 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
128. Decreto No. 709, expedido por la Quincuagésima Novena Legislatura, el 29 de julio de
2010, publicado en el Periódico Oficial No. 119 de fecha 04 de octubre de 2010, que
reforma el artículo 36, de la Constitución Política del Estado de Sinaloa.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. ESCRITO DIRIGIDO A UNA AUTORIDAD Y RECIBIDO POR OTRA DE LA MISMA DEPENDENCIA, DEBE SER ATENDIDO. (18)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- LEY DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 1902. (s/clave)
- TRABAJO, LEYES QUE RIGEN EN MATERIA DE. (s/clave)
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