Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua
Artículo 60
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO 60. Si una vez instalado el Congreso transcurren treinta días sin que uno o más diputados
propietarios de mayoría relativa concurran sin mediar causa justificada, se llamará al suplente respectivo. Si
éste no concurre dentro de los quince días siguientes al llamado, el Congreso del Estado hará la declaratoria
de la vacante y notificará al Instituto Estatal Electoral para que convoque a nuevas elecciones del distrito o
distritos electorales a que corresponda la ausencia.
En el caso de que la o el suplente no acuda a tomar la protesta de ley por muerte o incapacidad declarada por
la autoridad competente y esto ocurra en el último año de ejercicio constitucional, se le hará el llamado a la o el
candidato propietario siguiente en el orden de acreditación que corresponda a su partido, en la lista de
representación proporcional.
[Párrafo reformado mediante Decreto No. LXV/RFCNT/0374/2017 VIII P.E publicado en el P.O.E. No. 69
del 30 de agosto de 2017]
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- JUEZ DE DISTRITO, FALTAS ACCIDENTALES, TEMPORALES O POR VACACIONES DEL. EL SECRETARIO QUE LE SUSTITUYA DEBE PRECISAR LA CAUSA POR LA CUAL FUNGE COMO TAL. (s/clave)
- JUECES DE DISTRITO, FALTAS TEMPORALES DE LOS. (s/clave)
- JUEZ DE DISTRITO, FALTAS DEL. EL SECRETARIO ENCARGADO DEL DESPACHO DEBE PRECISAR LA CAUSA. (s/clave)
- INSTITUTO ESTATAL ELECTORAL DE MORELOS. LA CIRCUNSTANCIA DE QUE LA AUSENCIA DEFINITIVA DE SU CONSEJERO PRESIDENTE DÉ LUGAR A LA ELECCIÓN DE UN NUEVO TITULAR DE ESE CARGO POR PARTE (P./J. 67/2009 )
- DESIGNACIÓN DE JUECES DE DISTRITO. EL SUPUESTO DE EXCEPCIÓN INVOCADO PARA REALIZARLA, CONSISTENTE EN LA URGENCIA DE CUBRIR DEFINITIVAMENTE UN NÚMERO CONSIDERABLE DE PLAZAS, NO SE D (11)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis