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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA

Artículo 57

Ordenamiento: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA · Ámbito: Tlaxcala
Última reforma: 2026-09-10

Vigencia verificada: 17 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 57. - El ejercicio del Poder Ejecutivo del Estado se deposita en un solo

ciudadano que se denominará "Gobernador del Estado de Tlaxcala" y que residirá en la

Capital del Estado.

(REFORMADO, P.O. 3 DE NOVIEMBRE DE 2003)

Fuente oficial: consultar publicación

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