CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA
Artículo Transitorio SEGUNDO
Vigencia verificada: 23 de septiembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
ARTICULO SEGUNDO .- Se derogan todas las disposiciones que se opongan a las
Reformas y Adiciones decretadas.
P.O. 1 DE DICIEMBRE DE 1987.
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- DEROGACION DE LAS LEYES. (s/clave)
- REVALIDACION CONTENCIOSA. (s/clave)
- CONSTITUCION FEDERAL. (s/clave)
- MODIFICACION O DEROGACION DE LEYES. (s/clave)
- LEY AGRARIA DE 6 DE ENERO DE 1915. (s/clave)
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