Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Artículo 15
Vigencia verificada: 26 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Son obligaciones de la ciudadanía del Estado:
Párrafo reformado POG 23 de mayo de 2020 (Decreto 390)
I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad donde residan, manifestando la propiedad
que tengan y la industria, profesión o trabajo de que subsistan;
II. Inscribirse en los padrones electorales en los términos que señale la ley;
III. Votar en las elecciones y consultas populares;
Fracción reformada POG 3 de octubre de 2012 (Decreto 422)
IV. Desempeñar las funciones censales, electorales y de jurado para las que fueren
nombrados, las cuales se realizarán de forma gratuita salvo aquellas que se realicen
profesionalmente;
V. Desempeñar los cargos de elección popular del Estado o Municipio, los que en ningún caso
serán gratuitos;
VI. Participar en los procesos de referéndum, de plebiscito, de iniciativa popular y de la
revocación del mandato a que se convoque en los términos de esta Constitución y sus
leyes reglamentarias; y
VII. Los demás que deriven de la ley.
Artículo 16.
Fuente oficial: consultar publicación
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