Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas
Artículo 30
Vigencia verificada: 1 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
Todas las personas gozarán del derecho humano a vivir y crecer en un ambiente sano,
ecológicamente equilibrado y sustentable, para su bienestar y desarrollo humano.
Párrafo reformado POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
Para tales efectos se observará lo siguiente:
Párrafo adicionado POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
I. En la esfera de su competencia, el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos, de manera
coordinada, llevarán a cabo planes y programas para conservar, proteger, aprovechar
racionalmente y mejorar los recursos naturales de la entidad, así como para prevenir y combatir la
contaminación ambiental, con la finalidad de no comprometer la satisfacción de las necesidades
de generaciones futuras.
Se hace fracción y se reforma POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
Asimismo, se realizarán acciones de prevención, adaptación y mitigación a los efectos del cambio
climático; el daño y deterioro ambiental será causa de responsabilidad;
Párrafo adicionado POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
II. Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento del agua potable suficiente,
salubre, segura, asequible, accesible y de calidad, para el uso personal y doméstico de una forma
adecuada a la dignidad, la vida, la salud, la alimentación, así como a solicitar, recibir y difundir
información sobre las cuestiones del agua;
Párrafo adicionado POG 25 de marzo de 2015 (Decreto 327)
Se hace fracción y se reforma POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
III. El agua es un bien público, social y cultural. Es inalienable, inembargable, irrenunciable y
esencial para la vida, por lo que su gestión será pública y sin fines de lucro.
Fracción adicionada POG 08 de abril de 2026 (Decreto 324)
El Estado protege a los animales y esta Constitución los reconoce como seres vivos que sienten,
por tanto, tienen derecho a recibir un trato digno y ser protegidos contra todo tipo de violencia,
maltrato o crueldad.
Párrafo adicionado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)
En el estado, toda persona tiene el deber ético y la obligación jurídica de respetar la vida y la
integridad de los animales. Su tutela es responsabilidad común de los habitantes de la entidad.
Párrafo adicionado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)
Las autoridades estatales y municipales garantizarán la protección, el trato digno y respetuoso a
los animales.
Párrafo adicionado POG 24 de enero de 2026 (Decreto 187)
Artículo 31.
Fuente oficial: consultar publicación
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis