Disposiciones de carácter general aplicables a las instituciones de crédito
Artículo 103
Vigencia verificada: 6 de noviembre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial
(70) Artículo 103. - Las Instituciones que otorguen garantías, conforme a su régimen autorizado, para
créditos que formen parte de la Cartera Crediticia Hipotecaria de Vivienda concedidos por otras
Instituciones, entidades u organismos financieros, nacionales o extranjeros, al calificar el crédito que
garantizan, se ajustarán al procedimiento siguiente:
(274) I. En caso de haber otorgado un Esquema de Cobertura en Paso y Medida solicitarán al acreedor de
la garantía, la información relativa al monto de reservas correspondiente a la parte cubierta del
crédito (𝑅𝑃𝐺𝑃𝑎𝑀𝑒𝑑_𝑖), calculada con base en lo siguiente:
(274)
𝑀𝑡𝑜_𝐶𝑜𝑏𝑃𝑃
Rvas_Portafolio
𝑅𝑃𝐺𝑃𝑃 = 𝑀𝑖𝑛 𝑅𝑣𝑎𝑠_𝑃𝑜𝑟𝑡𝑎𝑓𝑜𝑙𝑖𝑜,𝑀𝑡𝑜_𝐶𝑜𝑏𝑃𝑃
𝑅𝑃𝐺𝑃𝑃
𝑅𝑣𝑎𝑠_𝑃𝑜𝑟𝑡𝑎𝑓𝑜𝑙𝑖𝑜
𝑀𝑡𝑜_𝐶𝑜𝑏𝑃𝑃
𝑅𝑃𝐺𝑃𝑎𝑀𝑒𝑑_𝑖 = 𝑅𝑒𝑠𝑒𝑟𝑣𝑎𝑠 𝐸𝑡𝑎𝑝𝑎 𝑍𝑖 × (%𝐶𝑜𝑏𝑃𝑎𝑀𝑒𝑑_𝑖)
(274) II. Las Instituciones que otorguen garantías bajo el Esquema de Cobertura de Primeras Pérdidas,
deberán solicitar al acreedor de la garantía la información relativa al monto de reservas totales
(𝑅𝑃𝐺𝑃𝑃_𝑖), calculado con base en lo siguiente:
(274)
𝑅𝑃𝐺𝑃𝑃_𝑖 = 𝑅𝑒𝑠𝑒𝑟𝑣𝑎𝑠 𝐸𝑡𝑎𝑝𝑎 𝑍𝑖 − 𝑅𝑒𝑠𝑒𝑟𝑣𝑎𝑠 𝐴𝑗𝑢𝑠𝑡𝑎𝑑𝑎 𝐸𝑡𝑎𝑝𝑎 𝑍𝑖
(70) III. Cuando el acreedor de la garantía no aplique alguna metodología de calificación conforme a lo
señalado en esta sección, se podrá acordar que la Institución o entidad beneficiaria lleve a cabo la
calificación en dichos términos. De lo contrario, la Institución garante deberá recabar los elementos
suficientes para efectuarla en los términos de los apartados A, B o C de esta sección, según
corresponda.
(70) Las Instituciones que no cumplan con los términos del presente artículo, deberán reservar el 100% del
monto total de la garantía otorgada.
(132) Apartado B (Derogado)
(132) De las metodologías internas (Derogado)
Fuente oficial: consultar publicación
Jurisprudencia y tesis sobre este artículo
- FIANZAS. EN EL REQUERIMIENTO DE PAGO SE DEBE DESGLOSAR EL PORCENTAJE APLICADO POR CONCEPTO DE RECARGOS EN CUMPLIMIENTO A LA GARANTIA DE FUNDAMENTACION Y MOTIVACION. (I.4o.A.5 A)
- PAGARÉ. INTERESES MORATORIOS PACTADOS CONFORME AL CPP. BASTA LA INSERCIÓN DE ESTAS SIGLAS PARA QUE SE ENTIENDA QUE AQUÉLLOS FUERON ESTIPULADOS DE ACUERDO AL INDICADOR ECONÓMICO DEN (58)
- PAGARÉ. INTERESES MORATORIOS PACTADOS CONFORME AL CPP. BASTA LA INSERCIÓN DE ESTAS SIGLAS PARA QUE SE ENTIENDA QUE AQUÉLLOS FUERON ESTIPULADOS DE ACUERDO AL INDICADOR ECONÓMICO DEN (1a./J. 38/2000)
- PAGARÉ. INTERESES MORATORIOS PACTADOS CONFORME AL CPP. BASTA LA INSERCIÓN DE ESTAS SIGLAS PARA QUE SE ENTIENDA QUE AQUÉLLOS FUERON ESTIPULADOS DE ACUERDO AL INDICADOR ECONÓMICO DEN (655)
- TÍTULOS DE CRÉDITO. EL PACTO DE INTERESES CONFORME AL FACTOR DENOMINADO COSTO PORCENTUAL PROMEDIO DE CAPTACIÓN, PUBLICADO PERIÓDICAMENTE POR EL BANCO DE MÉXICO, NO INFRINGE EL PRIN (86)
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis