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Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso…

Artículo 2

Ordenamiento: Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-09-17

Vigencia verificada: 1 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 2. Para los efectos de este estatuto, se entenderá por:

I. ESAF: Entidad Superior d e Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado

de Morelos.

II. AUDITORÍAS ESPECIALES: Auditoría Especial de la Hacienda Pública

Estatal, Auditoría Especial de la Hacienda Pública Municipal, Auditoría Especial

de Organismos Públicos “A” y Auditoría Especial de Organismos Públicos “B”.

III. CERTIFICACIÓN EN SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA: proceso de

formación y evaluación de los servidores públicos para acreditar su

competencia técnica en normas y mejores prácticas internacionales en materia

de fiscalización superior.

IV. COMITÉ: Comité Directivo del Servicio Profesional de Carrera.

V. CONCURSO PÚBLICO: Procedimiento dirigido al personal de estructura y

prestadores de servicios profesionales por honorarios, mediante el cual, la

Entidad Superior de Audito ría y Fiscalización del Congreso del Estado de

Morelos, recluta y selecciona a los candidatos a participar en la ocupación de

plazas vacantes susceptibles de acceder al SPC.

VI. DGA: Dirección General de Administración de la Entidad Superior de

Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.

VII. ESTATUTO: Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Entidad

Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.

VIII. EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO: Proceso mediante el cual s e valora la

eficacia y eficiencia del personal de carrera en el ejercicio de sus funciones,

mediante el cumplimiento de sus metas y actividades de capacitación.

IX. DGC: Dirección General de Capacitación de la Entidad Superior de Auditoría

y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.

X. PERSONAL DE CARRERA: Trabajadores de confianza, quienes de manera

voluntaria cumplen con los requisitos de incorporación y permanencia, para

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos.

Estatuto del Servicio Profesional de Carrera de la Entidad Superior de Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de M orelos.

formar parte del servicio profesional de Carrera de la Entidad Superior de

Auditoría y Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.

XI. PROMOCIÓN DE PUESTO: Movimiento de ascenso a un puesto de mayor

nivel jerárquico.

XII. RLFRC: Reglamento de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del

Estado de Morelos.

XIII. SPC: servicio profesional de carrera.

XIV. TRABAJADORES DE CONFIANZA: Personal contratado por la ESAF, con

un nombramiento para desempeñarse en un puesto de confianza, cuya relación

laboral está regulada por el artículo 123, apartado B, fracción XIV, de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

XV. DGJ: Dirección General de Jurídica de la Entidad Superior de Auditoría y

Fiscalización del Congreso del Estado de Morelos.

XVI. DSPC: Dirección de Servicio Profesional de Carrera.

XVII. JDE: Jefatura de Departamento de Evaluación.

XVII. JDV: Jefatura de Departamento de Vinculación.

Fuente oficial: consultar publicación

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