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Estatuto Orgánico que Regula la Autonomía del Órgano Interno de Control

Artículo 33

Ordenamiento: Estatuto Orgánico que Regula la Autonomía del Órgano Interno de Control · Ámbito: Morelos
Última reforma: 2026-10-12

Vigencia verificada: 10 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 33. En el desempeño de sus actividades, la Subdirección de

Investigación, tendrá las atribuciones siguientes:

I. Recibir y atender las quejas y denuncias que se promuevan ante el Órgano

Interno de Control, en contra de servidores públicos del Instituto M orelense

dando el tratamiento diferenciado que corresponda a aquéllas, respecto de los

procedimientos de responsabilidad administrativa formalmente iniciados,

aplicando las Leyes, Reglamentos y disposiciones respectivas;

II. Una vez concluida la investiga ción correspondiente, turnar a la Subdirección

de Sustanciación los procedimientos administrativos previstos en la Ley de

Responsabilidades Administrativas para el Estado de Morelos y supletoriamente

en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, en contra de los

servidores públicos que infrinjan las obligaciones previstas por la citada Ley y

las demás que establezcan las otras Leyes para, someter a la consideración del

titular del Órgano Interno de Control, las actuaciones que, por su competencia

exclusiva, deba resolver;

III. Proponer al titular del Órgano Interno de Control, las medidas de corrección

o remedio inmediato o la providencia oportuna que proceda, en los

procedimientos administrativos disciplinarios y en la atención de las quejas o

denuncias;

IV. Hacer del conocimiento de las autoridades competentes, por conducto del

secretario ejecutivo del Instituto Morelense, aquellos casos en que se presuma

la existencia de un ilícito penal en el desempeño de las funciones de los

servidores públicos del Instituto Morelense;

V. Controlar el sistema de registro de servidores públicos sancionados, que

para tal efecto se establezca;

VI. Llevar a cabo la investigación correspondiente a los servidores públicos,

cuando existan elementos o datos suficientes que hagan presumir que el

patrimonio de un servidor público es notoriamente superior a los ingresos lícitos

que pudiera tener;

VII. Solicitar a la Subdirección de Auditoria del propio Órgano Interno de

Control, los datos o constancias respecto de los infor mes de presuntos hechos

irregulares que hayan remitido y que se requieran para el efecto de la

investigación de un procedimiento de responsabilidad administrativa en contra

de algún servidor público del Instituto Morelense;

VIII. Coordinarse con la Subdire cción de Auditoría en el análisis de la

información financiera y contable, así como la realización de auditorías que se

requieran para el inicio e integración de expedientes administrativos, por quejas

o denuncias recibidas;

IX. Establecer la coordinación y orientación legal que corresponda con la

Subdirección de Auditoría, para que en el Informe de Presuntos Hechos

Irregulares se haga propicia la promoción de Responsabilidades Administrativas

y la adopción de medidas de corrección o de remedio inmediato, según el caso;

X. Asesorar en materia jurídica a la Subdirección de Auditoría, respecto de las

auditorías que en el ejercicio de sus funciones corresponda realizar y atender

las instrucciones que sobre el particular dicte el titular del Órgano Interno de

Control; y

XI. Las demás que, conforme a las atribuciones asignadas, le correspondan por

mandato de otras Leyes o Reglamentos.

Asimismo, corresponde a la Jefatura de Investigación, las siguientes funciones:

a) Elaborar el programa de actividades en lo relativo a Procedimientos y

Responsabilidades Administrativas para aprobación del titular del Órgano

Interno de Control y emitir propuestas que se consideren necesarias para la

actualización del marco jurídico de actuación del Instituto y del propio Órgano

Interno;

b) Realizar, con apoyo de la Dirección Ejecutiva de Administración y

Financiamiento, la actualización del padrón y la base de datos de los

servidores públicos que se encuentren obligados a presentar declaración de

situación patrimonial y de intereses;

c) Ejecutar las acciones de carácter preventivo para coadyuvar en la

presentación de la declaración de situación patrimonial y de intereses de los

servidores públicos del Instituto Morelense;

d) Practicar las investigaciones que resulten necesarias, en los términos de la

normatividad aplicable, para la sustanciación de los procedimientos de

responsabilidades administrativas;

e) Difundir a los ciudadanos el derecho que tienen para presentar quejas y

denuncias en contra de los servidores públicos del Instituto Morelense;

f) Iniciar las investigaciones que le sean turnadas por la Subdirección de

Investigación, las quejas y denuncias que se presenten en contra de los

servidores públicos del Instituto Morelense para ser sometidas a

consideración del titular del Órgano Interno de Control los proyectos de

resolución;

g) Informar a la Subdirección de Investigación, sobre las posibles

responsabilidades a que se hicieren acreedores los servidores públicos del

Instituto Morelense, derivadas de la falsedad, omisión o ex temporaneidad en

las declaraciones de situación patrimonial, aplicando la normatividad

correspondiente, para ser comentadas con el titular del Órgano Interno de

Control;

h) Llevar a cabo el seguimiento de las resoluciones emitidas en materia de

sanciones, con motivo de las quejas y denuncias que procedan en contra de

los servidores públicos del Instituto Morelense;

i) Apoyar a la Subdirección de Investigación, en la recepción, trámite e

investigación de las inconformidades que presenten los proveedores o

contratistas, respecto a los actos relacionados con las licitaciones públicas y

adjudicaciones de pedidos y contratos, así como presentar a consideración

del titular del Órgano Interno de Control los proyectos de resolución;

j) Por instrucciones del titular del Órgano Interno de Control, intervenir en los

procesos de entrega -recepción de las áreas y órganos del Instituto

Morelense; y

k) Las demás que les sean encomendadas por el titular del Órgano Interno

de Control.

Fuente oficial: consultar publicación

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