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Ley Aduanera · Titulo Segundo — Control de aduana en el despacho · Capitulo I — Entrada, salida y control de mercancías

Artículo 16-D

Ordenamiento: Ley Aduanera · Ámbito: Federal
Última reforma: 2025-11-19

Vigencia verificada: 21 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

ARTICULO 16-D. El Servicio de Administración Tributaria podrá otorgar autorización a personas morales, para la fabricación o importación de candados oficiales o electrónicos que se utilicen en los vehículos y contenedores que transporten las mercancías materia del despacho aduanero.

Para obtener la autorización las personas morales deberán acreditar su solvencia económica, su capacidad técnica, administrativa y financiera, así como la de sus socios y accionistas, y estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, así como efectuar el pago por el otorgamiento de la autorización y cumplir con los demás requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas.

En ningún caso se podrá expedir autorización a quien actúe con el carácter de importador, exportador, agente aduanal o agencia aduanal.

Las autorizaciones se podrán otorgar hasta por un plazo de cinco años, el cual podrá prorrogarse a solicitud del interesado hasta por un plazo igual, siempre que la solicitud se presente durante los últimos tres meses previos al vencimiento de la autorización, se efectúe el pago correspondiente y se sigan cumpliendo los requisitos previstos para su otorgamiento, así como de las obligaciones derivadas de la misma.

Las personas morales que obtengan la autorización a que se refiere este artículo, deberán cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley, mantener los medios de control y las condiciones técnicas que señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas, para la fabricación o importación de los candados oficiales o electrónicos, y contar con equipo de cómputo enlazado con el sistema electrónico aduanero de dicho órgano administrativo desconcentrado.

Artículo adicionado DOF 25-06-2018

Fuente oficial: consultar publicación

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