Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público · Titulo Primero — Disposiciones Generales · Capitulo V — de la Ley de Coordinación Fiscal.

Artículo 29

Ordenamiento: Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público · Ámbito: Federal
Última reforma: —

Vigencia verificada: 28 de octubre de 2026, contra la fuente oficial — ver la publicación oficial

Artículo 29. Las dependencias y entidades pondrán a disposición del público en general, a través de la Plataforma, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, su programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios correspondiente al siguiente ejercicio fiscal de que se trate, con excepción de aquella información que, de conformidad con las disposiciones aplicables, sea de naturaleza reservada o confidencial, en los términos establecidos en las disposiciones vigentes en materia de transparencia y acceso a la información pública y de protección de datos personales.

Las adquisiciones, arrendamientos y servicios contenidos en el citado programa, podrán ser adicionados, modificados, suspendidos o cancelados bajo la responsabilidad de la dependencia o entidad de que se trate. Asimismo, la dependencia o entidad deberá actualizar, a más tardar el último día hábil de cada mes, la información correspondiente en la Plataforma.

En el caso de las adquisiciones, arrendamiento de bienes muebles y prestación de servicios derivados de acuerdos marco, las dependencias y entidades solo podrán modificar el programa previa autorización de la Secretaría. Dicha modificación deberá publicarse en la Plataforma.

Fuente oficial: consultar publicación

← Art. 28Índice de la leyArt. 30 →

Jurisprudencia y tesis sobre este artículo

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar con IA en 6,710 leyes, 311 mil tesis y 11,708 sentencias de la SCJN, y consultarle al Corpus sobre este artículo.
Buscar en leyes Probar el Corpus gratis